sábado, 10 de julio de 2010

Qué es el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica - POMCH del del Río Guadalajara

El POMCH es el Instrumento mediante el cual se planifica el uso del territorio y los recursos naturales, y se orienta los procesos de ocupación y utilización de los mismos, para contribuir a garantizar la funcionalidad y sostenibilidad del sistema natural, soporte de la población y de los procesos sociales y económico de las cuencas.

El Plan genera los instrumentos legales, económicos, sociales, políticos y administrativos que posibilitan dar un uso y desarrollo más adecuado a la cuenca.

-Objetivos Específicos del POMCH-

•Identificar potencialidades, conflictos, restricciones y acondicionamiento de uso del territorio.
•Reorientar dinámicas culturales de apropiación y uso territorial a particulares características de la oferta, fragilidad, vulnerabilidad, calidad e importancia del medio.
•Formular política de uso y ocupación territorial conforme al Plan de Gestión Ambiental Regional.
•Proponer, implementar medidas para solución de conflictos ambientales con el uso territorial.
•Determinar asignación uso de la tierra: con criterios de Sostenibilidad y Competitividad.


-Alcance del POMCH-
•Conservación, defensa y mejoramiento de los recursos naturales.
•Asignación usos más compatibles ecológicamente y más eficientes económica y socialmente.
•Reconocimiento y conservación del paisaje como elemento integral del territorio.
•Preservación monumentos históricos y arqueológicos.
•División territorio unidades ambientales homogéneas.
•Protección de zonas de ocupación contra riesgos naturales.
•Adopción de escenarios futuros de largo plazo
•Señalamiento espacios sujeto a tratamientos: Protección, Conservación, Mejoramiento
•Establecimiento de límites de producción y productividad ecológica.
•Ocupación zonas de interés estratégico (costas)
•Fortalecimiento de procesos de participación
•Coordinación organismos sector público: OT
•Responsabilidad compartida entre la Sociedad y el Estado.
•Fortalecimiento de las organizaciones en función de lo ambiental.

-Principios-

- Armonía regional
- Gradación normativa
- Rigor subsidiario
- Carácter prospectivo
- Participativo
- Integralidad
- Equilibrio
- Sustentabilidad ambiental
- Diversidad étnica y cultural
-Principales Lineamientos y Normas en torno al POMCH-
Constitución Política de 1991 Norma de carácter superior-

En el Preámbulo establece como propósitos:
El fortalecimiento de la unidad de la Nación; asegurar la vida, la libertad, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento y la paz, circunscritos en un marco jurídico democrático y participativo que garantice que el nuevo orden político sea económica y socialmente justo y equitativo.
Principios constitucionales-

•Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada y con autonomía de sus entidades territoriales. Art. 2 C.P.
•Democracia: Participativa y Pluralista.
•La Constitución es norma de normas.
•Diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana. Art.7.
•Protección de las riquezas naturales y culturales. Art. 8, 70, 72.
La Constitución Política y el Ordenamiento Territorial-
Consagra la regionalización del territorio (Título XI), además aborda el tema de las competencias de la nación y las entidades territoriales a través de una Ley de Ordenamiento Territorial que establece además de competencias, los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad.
Decreto Ley 2811 de 1974 - CNRNR-

•Las Cuencas Hidrográficas en ordenación son consideradas Áreas de Manejo Especial.
•Define el concepto de cuenca hidrográfica (Art.312) y determina las facultades de la administración en esta materia (Art. 314).
•Define la ordenación y manejo de una cuenca (Art. 316):
–Ordenación: Planeación del uso coordinado del suelo, las aguas y la fauna.
–Manejo: La ejecución de obras y tratamiento.
•Establece requisitos para la formulación de los POMCH y determina efectos del POMCH.
Ley 99 de 1993-

•Establece y reconoce los principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo y consagra otros con relevancia en la Formulación de los POMCH (Art. 1).
•Define el ordenamiento ambiental (Art.7) como la función de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la nación, a fin de garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible.
•Determina competencias del MAVDT y de las CAR en materia de Cuencas Hidrográficas.
•MINAMBIENTE (Art. 5 num.12): Proferir pautas generales para el ordenamiento de las cuencas hidrográficas
•CARs (Art. 31 num. 18): Ordenar y proferir normas y directrices para el manejo de C. H.
•Determina la conformación de Comisiones Conjuntas cuando las cuencas hidrográficas se compartan (parágrafo 3° del artículo 33 de la Ley 99 de 1993)
DECRETO 1729 DE 2002- DECRETO 1604 DEL 2002-

•Establece principios, un marco conceptual, funciones de las Instituciones Ambientales:
•Marco de competencias: A cargo de las CAR o Comisiones Conjuntas:
–Evaluar y priorizar regionalmente las cuencas hidrográficas.
–Declarar la cuenca en ordenación
–Elaborar y formular el POMCH.
–Aprobar el plan de ordenación y manejo.
–Coordinar y ejecutar el POMCH
–Elaborar el programa de seguimiento y evaluación de la ejecución del POMCH
Ley 21 de 1991-

•Aprueba el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales. Reconoce las aspiraciones de los pueblos indígenas a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y desarrollo y a fortalecer sus identidades, lenguas y religiones.
•NORMAS REGLAMENTARIAS Y DEMAS ASOCIADAS: Decreto 982 de 1999, Decreto 1397 de 1996, Decreto 1320 de 1998, Ley 152 de 1994, Ley 715 de 2001 y 1151 de 2007.
•Consagran la Formulación de Planes de Vida para planificar el proyecto de vida indígena reflejando la calidad de vida, su pensamiento y sus dimensiones.
Ley 70 del 93-

•Establece principios como: La participación de las comunidades negras y sus organizaciones sin detrimento de su autonomía, en las decisiones que las afectan y en las de toda la Nación en pie de igualdad, de conformidad con la ley. – Protección del medio ambiente.

•En el Decreto Reglamentario 1745 de 1995.
Consagra: - Los planes de desarrollo económico, social y cultural, - El reglamento de usos y traspasos del usufructo de las tierras, - El reglamento de administración territorial y manejo de los recursos naturales, - La Administración del uso, aprovechamiento y conservación de los R. N.
•Establece la constitución de las reservas naturales especiales, a cargo de las Autoridades Ambientales. En la delimitación, conservación y manejo de las mismas participarán las comunidades y las autoridades locales.
•Las Cuencas Hidrográficas en las que se asientan las Comunidades Negras adjudicatarias colectivamente se constituirán en unidades para efectos de la planificación del uso y aprovechamiento de los recursos naturales (art. 59)

-Fases del Proceso Metodológico de Construcción del POMCH Río Guadalajara-
El siguiente gráfico muestra las fases para la construcción del POMCH Río Guadalajara:
















































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